Términos de uso

Términos de uso

Términos de uso y acceso a datos e información en tiempo real y en modo diferido de la LME, y en tiempo real de la CME 

Es un requisito de ciertas bolsas (por ejemplo, la Bolsa Mercantil de Chicago y la Bolsa de Metales de Londres) (una «Bolsa») que Argus solo puede poner a disposición del «licenciatario» y los «usuarios autorizados» identificados en la «solicitud de pedido» (realizada por Argus con el licenciatario) los datos que le haya proporcionado la bolsa («datos de intercambio de la bolsa») una vez que el licenciatario acepte y siempre que siga cumpliendo los términos y condiciones de uso de la bolsa con respecto a dichos datos (los «términos y condiciones de la bolsa»). 

A continuación, se encuentran los términos y condiciones de la bolsa que corresponden al uso, acceso y recepción de los datos de la bolsa aplicables por parte del licenciatario, que este puede recibir conforme a la solicitud de pedido correspondiente (ya sean datos e información en tiempo real de la CME o en tiempo real de la LME o en modo diferido de la LME). La solicitud de pedido especificará qué tipo de acceso («tiempo real» o «modo diferido») tiene el licenciatario con respecto a los datos de la bolsa.

A menos que se indique lo contrario, todos los términos en este documento tendrán el significado que se les atribuye en la solicitud de pedido correspondiente y los «términos y condiciones» acordados por Argus con el licenciatario. 

Estos términos y condiciones entran en vigencia a partir de la fecha de inicio establecida en la solicitud de pedido correspondiente, y son acordados entre Argus y el licenciatario que se indica en la solicitud de pedido correspondiente. Los términos y condiciones de la bolsa finalizarán en el momento del vencimiento o antes de la terminación de la solicitud de pedido correspondiente, salvo que el acceso del licenciatario a los datos de la bolsa en «tiempo real» pueda terminarse antes, de acuerdo con una disposición de terminación expresa, específicamente relacionada con la terminación del acceso «en tiempo real» únicamente, si se especifica en los términos y condiciones vigentes. Los términos y condiciones de la bolsa prevalecerán en caso de haber discrepancia entre los términos de la solicitud de pedido vigente y los términos y condiciones, únicamente en la medida en que dicha discrepancia se relacione directamente con la recepción, el acceso, o el uso de los datos de la bolsa.

Los términos relacionados con el acceso, la recepción y el uso de la información de la LME (como se define a continuación), ya sea «en tiempo real» (información de LME de hasta 30 minutos de antigüedad) o «en modo diferido» (información de LME que tiene más de 30 minutos de antigüedad pero no información del día siguiente) («términos de la LME») 

1. Al firmar la solicitud de pedido correspondiente con respecto a la recepción, el acceso y el uso de la información de la LME (como se define a continuación), el licenciatario reconoce, confirma y acepta que: (a) la LME (como se define a continuación) y sus licenciatarios poseen todos los derechos de propiedad intelectual sobre la información de la LME; (b) Argus proporciona la información de la LME al licenciatario sujeto a los términos de un acuerdo separado con la LME; (c) no tiene derecho ya sea directa o indirectamente a redistribuir la información de la LME o distribuir, redistribuir o vender información derivada a ningún tercero; (d) se requiere proporcionar, previa solicitud, toda la información solicitada por Argus o la LME para fines de auditoría o cumplimiento, y permitir los derechos de auditoría de Argus y sus representantes designados; (e) solo tiene derecho a utilizar la información de la LME para su uso comercial interno; (f) se restringe el uso de la información de la LME (o cualquier parte de ella) (i) como base para la liquidación de un contrato en un intercambio u otra plataforma de negociación que no sea operada por LME o sus afiliadas y (ii) en cualquier otra forma que compita o pueda competir directa o indirectamente con las operaciones de la LME o sus afiliadas y (g) Argus tendrá derecho a dejar de entregar información de la LME al licenciatario en caso de incumplimiento en el pago o incumplimiento del licenciatario de estos términos de la LME o cualquier otro acuerdo separado con el licenciatario con respecto a su acceso y uso de la información de la LME. 

2. A los fines de la cláusula 1 de estos términos de la LME únicamente:

«afiliadas» significa cualquier filial o empresa controladora final de la LME y cualquier otra filial de esa empresa controladora final. última. Una empresa es una «filial» de otra empresa, su «empresa controladora», si esa otra empresa posee directa o indirectamente el 50 % o más de los derechos de voto en la empresa o ejerce un control eficaz sobre ella. 

«Información derivada» significa datos que se crean como resultado de recibir la información de la LME y luego procesar la información de la LME, cambiar la información de la LME o combinar la información de la LME con otros datos

«Derechos de propiedad intelectual» significa toda la propiedad intelectual, incluidas patentes, modelos de utilidad, marcas comerciales y de servicio, nombres comerciales o razones sociales, nombres de dominio, derechos en diseños, derechos de autor, derechos morales, derechos de topografía y derechos en bases de datos y derechos en secretos comerciales e información confidencial, en todos los casos, estén o no registrados o puedan registrarse en cualquier país por el período completo de dichos derechos, incluida cualquier ampliación o renovación de los términos de dichos derechos e incluidos registros y solicitudes de registro de cualquiera de estos y derechos para solicitarlos y todos los derechos y las formas de protección de naturaleza similar o que tengan un efecto equivalente o similar a cualquiera de estos en cualquier parte del mundo. 

«Información de la LME» significa datos e información en cualquier forma que sea propiedad de la Bolsa de metales de Londres («LME») y que esta proporcione a Argus en virtud de un acuerdo del 23 de septiembre de 2015 (el «acuerdo de distribución de la LME») (incluidos, entre otros, precios de datos de mercado, volúmenes, cotizaciones, índices, sellos de tiempo, noticias y otra información relacionada con contratos y otros instrumentos negociados en cualquier plataforma operada por la LME), junto con cualquier información en cualquier forma autorizada o suministrada por un tercero a la LME a los fines de su distribución más amplia y proporcionada a Argus en virtud del acuerdo de distribución de la LME.

Los términos con respecto al acceso, la recepción y el uso de los datos de mercado de la CME que se muestran 10 minutos, o unos minutos menos, después de la transmisión inicial de la CME («tiempo real») 
(el «acuerdo de la CME»)


Este acuerdo de suscripción de datos de mercado entra en vigencia a partir de la fecha de inicio identificada en la solicitud de pedido correspondiente y se realiza entre Argus y el licenciatario identificado en la solicitud de pedido correspondiente («usted» o el «licenciatario»). Este acuerdo de suscripción de datos de mercado permite al licenciatario acceder, recibir y utilizar ciertos datos de mercado de la CME (definidos a continuación) de acuerdo con los siguientes términos y condiciones de este acuerdo de suscripción de datos de mercado (el «acuerdo de CME»). El acuerdo de CME regula su acceso para recibir y usar los datos de mercado de la CME, y constituye un acuerdo legal vinculante entre Argus y el licenciatario (en donde Argus y el licenciatario constituyen cada uno una «parte» y en conjunto, las «partes»).

1. Definiciones
«Dispositivo» significa cualquier unidad de equipo, fija o portátil, que recibe, muestra o accede a los datos de mercado de la CME en forma visible, audible u otra forma comprensible. «Evento de fuerza mayor» significa toda inundación, condiciones climáticas extraordinarias, terremoto u otro motivo de fuerza mayor, incendio, guerra, terrorismo, insurrección, disturbios, disputas laborales, accidentes, acciones del gobierno, fallas en las comunicaciones o el suministro eléctrico, o mal funcionamiento del equipo o software. «Persona» significa cualquier persona física, propietaria, corporación, sociedad, empresa de responsabilidad limitada u otra organización. «Datos de mercado de la CME» significa datos de NYMEX, datos de COMEX y todos los demás datos o información propios de la CME y que la CME proporcione a Argus en virtud del acuerdo de licencia de distribución de información del 6 de octubre de 2008, celebrado entre MetalPrices.com (antecesora en derecho de la marca Argus Media Inc) y Chicago Mercantile Exchange Inc (la «IDLA»), correspondiente a contratos de derivados cotizados y extrabursátiles (incluidos, entre otros, swaps y futuros) y contratos de opciones o instrumentos derivados similares, así como datos de índice y datos analíticos. Los datos de mercado de la CME pueden incluir, sin limitación, precios de apertura y cierre, cotizaciones máximas/mínimas, precios de liquidación, precios actuales de oferta y demanda, información de interés abierto, precios de última venta, límites de precios, solicitudes de cotizaciones, precios de fijación, curvas de datos, estimados y datos de volumen real, especificaciones de contrato y mensajes rápidos o tardíos. Con respecto a las obligaciones del licenciatario en virtud del acuerdo de CME, los datos de mercado de la CME también incluyen información, datos y materiales que transmiten información al licenciatario sustancialmente equivalente a los datos de mercado de la CME propios de la CME y que la CME proporciona a Argus en virtud de la IDLA. «Datos de mercado de la CME extrabursátiles» significa datos de mercado de la CME relacionados con contratos de derivados extrabursátiles.

2. Derechos de propiedad en los datos de mercado de la CME

2.1 El licenciatario reconoce y acepta que Chicago Mercantile Exchange Inc. y sus filiales (la «CME» o la «Bolsa») tienen derechos de propiedad exclusivos y valiosos sobre los Datos de mercado de la CME (o, en el caso de proveedores de contenido de terceros que otorgan licencias de datos a través de la CME, dicho proveedor de contenido de terceros tiene derechos de propiedad exclusivos y valiosos), que dichos datos de mercado de la CME constituyen valiosa información confidencial, secretos comerciales y derechos de propiedad de la Bolsa, que no están dentro del dominio público, que dichos datos de mercado de la CME seguirán siendo información confidencial valiosa, secretos comerciales y derechos de propiedad de la Bolsa y que, excepto para el acuerdo de CME, el licenciatario no tendría derechos ni acceso a dichos datos de mercado de la CME.
2.2 El licenciatario reconoce y acepta que la divulgación de cualquiera de los datos de mercado de la CME, o cualquier incumplimiento o amenaza de incumplimiento de cualquier otro pacto o acuerdo contenido en este documento, causaría un daño irreparable a la Bolsa, para la cual los perjuicios financieros serían una reparación inadecuada. En consecuencia, el licenciatario reconoce y acepta que la Bolsa tendrá derecho a un desempeño específico y a una medida cautelar y otra reparación equitativa con respecto al incumplimiento o amenaza de incumplimiento de cualquier disposición, requisito o pacto del acuerdo de CME (lo que incluye, entre otros, toda divulgación o amenaza de divulgación de los datos de mercado de la CME), incluyendo, sin limitarse a ellos, cualquier otro recurso legal o de equidad que pudiera estar disponible.

3. Recepción de datos de mercado de la CME por parte del licenciatario

3.1 El Acuerdo de la CME establece los términos y condiciones bajo los cuales el licenciatario puede usar los datos de mercado de la CME. El licenciatario reconoce que, a pesar de cualquier acuerdo, la CME o Argus pueden, a su discreción, suspender la difusión de los datos de mercado de la CME, o cambiar o eliminar su propio método de transmisión, velocidad o características de señal. Además, el licenciatario reconoce y acepta que Argus o la Bolsa se reservan el derecho de desaprobar a cualquier licenciatario y de rescindir la recepción de los datos de mercado de la CME por parte del licenciatario por cualquier motivo o sin motivo.

3.2(i) Excepto lo dispuesto en la sección 3.2 (iii) a continuación, el licenciatario utilizará los datos de mercado de la CME únicamente para sus propias actividades comerciales internas (las actividades comerciales internas no incluirán las filiales y afiliadas) y serán usados únicamente en las oficinas y ubicaciones, y en los dispositivos y por parte de los usuarios autorizados que el licenciatario designe por escrito para Argus, y que acuerden Argus y la CME (como se establece en la solicitud de pedido correspondiente) ocasionalmente. (El término «para sus propias actividades comerciales internas», como se usa en la oración inmediatamente anterior en este documento, significa para las actividades del licenciatario de (a) comercialización, por su propia cuenta o por cuenta de sus clientes (b) evaluación, para sus propias decisiones comerciales internas o (c) asesoramiento a sus clientes sobre movimientos o tendencias en los mercados de instrumentos derivados, sujeto a todas las limitaciones establecidas a continuación en esta subsección en cuanto a la divulgación telefónica a los clientes de una cantidad necesaria y de minimis de segmentos de datos de mercado de la CME).

(ii) El Licenciatario acepta que no comunicará ni proporcionará, ni permitirá que se comuniquen o proporcionen de otra manera, los datos de mercado de la CME, en ningún formato, a ninguna otra parte, u oficina o ubicación, que no sea la que se designe en la solicitud de pedido, ni permitirá que cualquier otra parte tome, directa o indirectamente, cualquiera de los datos de mercado de la CME de dichas oficinas o ubicaciones, y adoptará y aplicará toda política que sea razonable para evitar que se obtengan los datos de mercado de la CME. El licenciatario acuerda específicamente, sin limitar o variar sus obligaciones en virtud de la sección 7 del presente documento o establecidas de otro modo en el acuerdo de CME, que el licenciatario no utilizará ni permitirá que otra persona utilice los datos de mercado de la CME con el propósito de (a) crear productos de datos derivados basados en los datos de mercado de la CME, o derivados de ellos, (b) determinar o llegar a un precio, incluidos los precios de liquidación, para contratos de derivados, opciones sobre contratos de derivados o instrumentos derivados similares negociados en cualquier bolsa que no sea la Bolsa y (c) para cualquier otro trabajo derivado que se difunda, publique o utilice de otro modo de forma externa. El licenciatario se regirá por toda otra limitación en el uso que cualquiera de las Bolsas especifique ocasionalmente. El licenciatario hará todo lo posible para garantizar que sus socios, funcionarios, directores, empleados y agentes mantengan el control exclusivo y la posesión física y el acceso exclusivo a los datos de mercado de la CME recibidos a través de dispositivos en posesión del licenciatario.

(iii) No obstante, lo dispuesto anteriormente en las secciones 3.2 (i) y (ii), un usuario autorizado puede, en el curso normal de los negocios del licenciatario, proporcionar ocasionalmente, a cada uno de los clientes y sucursales del licenciatario, en una cantidad restringida a la necesaria para que el licenciatario pueda llevar a cabo sus negocios, un porcentaje mínimo de segmentos de datos de mercado de la CME, siempre que dichos datos de mercado de la CME no incluyan datos de mercado de la CME extrabursátiles. Esta difusión debe limitarse estrictamente a las comunicaciones telefónicas que no impliquen el uso de sintetización de voz computarizada o cualquier otra tecnología y debe estar estrictamente relacionada con la actividad comercial del licenciatario o de cualquiera de los destinatarios. El licenciatario debe informar a dichos destinatarios que estos segmentos son información de propiedad registrada o confidencial y que no se divulgarán ni difundirán a otras personas o entidades. El licenciatario acepta hacer todos los esfuerzos razonables para garantizar que dichos destinatarios cumplan con las disposiciones del acuerdo.

(iv) El licenciatario hará todo lo posible para garantizar que no se permita la difusión no autorizada de los datos de mercado de la CME.

4. Informes
El licenciatario acuerda proporcionar oportunamente a Argus, la CME y sus respectivos afiliados o agentes, toda la información o los informes que Argus o la CME pueda solicitar o exigir ocasionalmente, que estén razonablemente relacionados con la recepción de los datos de mercado de la CME por parte del licenciatario.

5. Derecho de inspección y auditoría
5.1 Durante el horario comercial habitual, cualquier persona designada por Argus o la Bolsa puede tener acceso a las oficinas o ubicaciones del licenciatario para observar el uso que se hace de los datos de mercado de la CME y para examinar e inspeccionar cualquier dispositivo, accesorio o aparato, así como cualquier libro y registros que deba llevar el licenciatario según las secciones 3.2 y 4 en relación con la recepción y el uso de los datos de mercado de la CME.

5.2 El licenciatario realizará un ajuste oportuno (incluidos los intereses correspondientes a una tasa del 1½ % por mes), para compensar a Argus y la Bolsa si la auditoría descubre un uso no informado de los datos de mercado de la CME por parte del licenciatario. Además, a elección de la Bolsa, el licenciatario será responsable de los costos razonables de cualquier auditoría que revele una discrepancia a favor de la Bolsa del cinco por ciento (5 %), o más, con respecto al monto de las tarifas que realmente se adeuden a la Bolsa.

5.3 El licenciatario deberá mantener los registros y libros en los que basa sus informes durante tres (3) años después del período al que se refieren los registros. En el caso de que el licenciatario no conserve dichos registros y libros como se requiere anteriormente, el licenciatario acepta pagarle a la CME el cálculo razonable de cualquier discrepancia que se descubra de conformidad con dicha auditoría.

6. Tarifas de datos de mercado de la CME
El licenciatario pagará a Argus por el derecho a recibir datos de mercado de la CME de acuerdo con el programa de tarifas vigente en ese momento. Las tarifas de datos de mercado de la CME están sujetas a modificación por parte de Argus en cualquier momento, sin previo aviso al licenciatario.

7. Convenios, representaciones y garantías del licenciatario
7.1 El licenciatario promete, declara y garantiza que no se dedica a la distribución de datos de mercado de la CME y que, según su conocimiento después de una investigación razonable, recibirá los datos de mercado de la CME como se autoriza a continuación.
7.2 El licenciatario acepta que no usará ni permitirá que ninguna otra persona use los datos de mercado de la CME para ningún propósito ilegal.

7.3 El licenciatario acepta que no utilizará los datos de mercado de la CME de ninguna manera para competir con la Bolsa, ni utilizará los datos de mercado de la CME de ninguna manera para ayudar a que un tercero compita con la Bolsa, o para permitir que lo haga.

7.4 El licenciatario acepta que la provisión de los datos de mercado de la CME a continuación está condicionada al estricto cumplimiento por parte del licenciatario de los términos del acuerdo de la CME y que Argus o la Bolsa pueden, con o sin aviso y con o sin causa, suspender inmediatamente dicho servicio siempre que, a su juicio, haya habido incumplimiento o infracción por parte del licenciatario de las disposiciones de este documento.

7.5 El licenciatario, además, declara y garantiza que (i) tiene todo el poder y la autoridad necesarios para ejecutar y llevar a cabo el acuerdo; (ii) el acuerdo es legal, válido, vinculante y se podría utilizar contra el licenciatario; (iii) ni la ejecución ni el cumplimiento del acuerdo por parte del licenciatario infringe o infringirá ninguna ley, norma, regulación u orden, o cualquier acuerdo, documento o instrumento, vinculante o aplicable al licenciatario o a la Bolsa y (iv) su acceso y uso de los datos de mercado de la CME se ajustará a todas las leyes, regulaciones y tratados federales, estatales y locales vigentes.

8. Exención de garantías

LOS DATOS DE MERCADO DE LA CME SE PROPORCIONAN, Y EL LICENCIATARIO ACEPTA QUE LOS DATOS DE MERCADO DE LA CME SE PROPORCIONEN “TAL COMO SON” Y “TAL COMO ESTÁN DISPONIBLES” SIN GARANTÍAS DE NINGÚN TIPO. EL LICENCIATARIO ACUERDA QUE: ARGUS Y SUS AFILIADOS; LA BOLSA Y SUS AFILIADAS; Y CUALQUIERA DE SUS RESPECTIVOS MIEMBROS, DIRECTORES, OFICIALES, EMPLEADOS O AGENTES, Y TODO LICENCIANTE DE LA BOLSA, NO HAGA NINGUNA REPRESENTACIÓN O GARANTÍA, EXPRESA O IMPLÍCITA, CON RESPECTO A LOS DATOS DE MERCADO DE LA CME O SU TRANSMISIÓN, OPORTUNIDAD, EXACTITUD O CUMPLIMIENTO, LO QUE INCLUYE, SIN LIMITACIÓN, TODA GARANTÍA IMPLÍCITA O GARANTÍA DE COMERCIABILIDAD, CALIDAD O APTITUD PARA UN PROPÓSITO O USO, O AUSENCIA DE INFRACCIÓN PARTICULAR, Y AQUELLAS QUE SURGAN POR ESTATUTO O DE OTRO MODO LEGALMENTE, O POR CUALQUIER TIPO DE TRATO DE COMERCIO O USO.

9. Limitaciones de responsabilidad y daños

9.1 EL LICENCIATARIO ACUERDA QUE: ARGUS Y SUS AFILIADOS; LA BOLSA Y SUS AFILIADAS; Y SUS RESPECTIVOS MIEMBROS, DIRECTORES, FUNCIONARIOS, EMPLEADOS O AGENTES Y CUALQUIER LICENCIANTE DE LA BOLSA:

(i) NO GARANTIZAN LA SECUENCIA, EXACTITUD O CUMPLIMIENTO DE LOS DATOS DE MERCADO DE LA CME, NI DEBEN SER RESPONSABLES CON RESPECTO AL LICENCIATARIO NI A NINGUNA OTRA PERSONA POR NINGUNA DEMORA, IMPRECISIONES, ERRORES U OMISIONES EN LOS DATOS DE MERCADO DE LA CME, O EN SU TRANSMISIÓN, O POR CUALQUIER OTRO DAÑO QUE SURJA EN RELACIÓN CON LA RECEPCIÓN O EL USO POR PARTE DEL LICENCIATARIO DE DATOS DE MERCADO DE LA CME, YA SEA QUE SE PRODUZCA O NO A CAUSA DE UN ACTO DE NEGLIGENCIA POR SU PARTE, UN EVENTO DE FUERZA MAYOR O CUALQUIER OTRA CAUSA.

(ii) NO SERÁN RESPONSABLES ANTE EL LICENCIATARIO O CUALQUIER OTRA PERSONA O ENTIDAD POR CUALQUIER PÉRDIDA, RESPONSABILIDAD U OTRO DAÑO, DIRECTO, INDIRECTO O CONSECUENTE, DERIVADO O RELACIONADO CON EL ACUERDO Y LOS DATOS DE MERCADO DE LA CME, LO QUE INCLUYE, PERO NO SE LIMITA A:
(a) TODA IMPRECISIÓN O INCOMPLETITUD, O RETRASOS, INTERRUPCIONES, ERRORES U OMISIONES EN LA ENTREGA, EL SITIO O LOS DATOS DE MERCADO DE LA CME O
(b) TODA DECISIÓN O MEDIDA TOMADA O NO TOMADA POR EL LICENCIATARIO, SUS CLIENTES O CUALQUIER OTRA ENTIDAD O CUALQUIERA DE SUS RESPECTIVOS AFILIADOS, DIRECTORES, FUNCIONARIOS, EMPLEADOS O AGENTES.
(c) PÉRDIDA DE INGRESOS EMPRESARIALES, PÉRDIDAS DE GANANCIAS O CUALQUIER DAÑO PUNITIVO, INDIRECTO, CONSECUENTE, ESPECIAL O SIMILAR, YA SEA QUE SURJA POR CONTRATO, AGRAVIO O DE OTRO MODO, INCLUSO SI SE RECONOCE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS.
9.2 EL LICENCIATARIO RECONOCE EXPRESAMENTE QUE ARGUS, LA BOLSA Y SUS AFILIADAS NO OFRECEN NINGUNA GARANTÍA, EXPRESA O IMPLÍCITA, AL LICENCIATARIO NI A TERCEROS CON RESPECTO AL ACUERDO Y A LOS DATOS DE MERCADO DE LA CME, INCLUIDOS, SIN LIMITACIÓN: (i) CUALQUIER RESPONSABILIDAD: LA OPORTUNIDAD, SECUENCIA, PRECISIÓN, CUMPLIMIENTO, VIGENCIA, COMERCIABILIDAD, CALIDAD O APTITUD PARA UN PROPÓSITO EN PARTICULAR DE LOS DATOS DE MERCADO DE LA CME O (ii) CUALQUIER GARANTÍA EN RELACIÓN CON LOS RESULTADOS QUE DEBE OBTENER EL LICENCIATARIO O CUALQUIER TERCERA PARTE CON RESPECTO LOS DATOS DE MERCADO DE LA CME.

9.3 SI LA EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Y LA RENUNCIA DE RESPONSABILIDAD ANTERIORES, O CUALQUIER PARTE DE ELLAS, SE CONSIDERAN COMO NO VÁLIDAS O INEFICACES, LA RESPONSABILIDAD ACUMULATIVA DE ARGUS, LA BOLSA Y SUS RESPECTIVOS AFILIADOS, DIRECTORES, OFICIALES, MIEMBROS, EMPLEADOS Y AGENTES NO DEBE SUPERAR LA SUMA REAL DE LA PÉRDIDA O LOS DAÑOS, O LA SUMA DE CINCUENTA DÓLARES ($50,00), LA QUE SEA MENOR.

10. Duración y terminación
10.1 El acuerdo de CME comenzará en la fecha de inicio. Sujeto al estricto cumplimiento por parte del licenciatario de las disposiciones del acuerdo de CME, la provisión de datos de mercado de la CME por parte de Argus en virtud de este documento continuará vigente por un período de un (1) mes a partir de la fecha de inicio (el «plazo inicial»), y automáticamente se renovará al final de dicho plazo inicial por un (1) mes y luego automáticamente de forma mensual (tales renovaciones continuas, los «plazos de renovación»), siempre que cualquiera de las partes pueda rescindir este acuerdo de CME con un aviso previo de al menos diez (10) días por medio de notificación electrónica o escrita de que rechaza dicha renovación automática.

10.2 Argus y la Bolsa, ocasionalmente, pueden modificar y revisar el acuerdo de CME, y el licenciatario acepta estar sujeto a dichos términos. El licenciatario puede rescindir el acuerdo de CME con un aviso electrónico o escrito de diez (10) días tras dicha modificación o revisión. Al continuar accediendo o utilizando los datos de mercado de la CME después de que Argus o la Bolsa le hayan notificado sobre una modificación, usted indica que acepta estar sujeto al acuerdo de CME modificado.

10.3 Tras la terminación del acuerdo de CME, el licenciatario suspenderá el uso de los datos de mercado de la CME y eliminará todos y cada uno de los datos de mercado de la CME recibidos en virtud del acuerdo de CME, incluidos, entre otros, los datos de mercado de la CME históricos almacenados.

11. Supervivencia
Las disposiciones de la sección 1 de Definiciones, la sección 2 de Derechos de propiedad de los datos de mercado de la CME, y las secciones que por su naturaleza deberían sobrevivir razonablemente, y cualquier enmienda a las disposiciones de lo mencionado anteriormente, sobrevivirá a la terminación o vencimiento del acuerdo de CME.

12. Indemnización
El licenciatario indemnizará, defenderá y mantendrá a Argus y la Bolsa, y sus respectivos afiliados, directores, funcionarios, empleados y agentes indemnes de todos y cada uno de los reclamos que surjan o estén relacionados con el acuerdo de CME, y contra todos ellos, lo que incluye, entre otros, toda responsabilidad, pérdida o daños (incluidos, entre otros, los honorarios de abogados y otros gastos) causados por inexactitudes u omisiones, incumplimiento o demora por parte del licenciatario en la entrega o mantenimiento de los informes o registros que deba deba mantener en virtud del presente.

13. Varios

13.1 Toda acción que surja del acuerdo de CME se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes internas (y no la ley de conflictos) del Estado de Illinois. Las partes se someten a la jurisdicción exclusiva de los tribunales estatales y federales ubicados en Cook County, Estado de Illinois, para toda acción que surja de este acuerdo de CME.

13.2 El licenciatario no puede ceder total o parcialmente el acuerdo de CME sin el consentimiento previo por escrito de Argus.

13.3 El licenciatario no puede modificar ni revisar los términos del acuerdo de CME.

13.4 En caso de conflicto entre los términos y condiciones del acuerdo de CME y cualquier otro acuerdo relacionado con la recepción y el uso de los datos de mercado de la CME por parte del licenciatario, prevalecerán los términos y condiciones del acuerdo de CME.

13.5 Si, por cualquier motivo, una o más disposiciones del acuerdo o parte de él se consideran inválidas, las demás disposiciones del acuerdo de CME, o partes de él, permanecerán en pleno vigor y efecto.

13.6 Mediante el presente, el licenciatario consiente el uso por parte de la CME y sus afiliados de los datos de propiedad u otra información personal con respecto al licenciatario que la CME y sus afiliados reciban ocasionalmente durante la ejecución de sus negocios, incluidos los datos que se les envían para cumplir con las obligaciones reglamentarias, para fines comerciales, de negocios y de marketing. Salvo que se establezca lo contrario en el presente (para fines de informes o de otro modo), la CME y sus filiales no revelarán la siguiente información obtenida del licenciatario para cumplir con las obligaciones reglamentarias ante terceros no afiliados de forma no desglosada ni anónima, excepto (x) según lo permitido por la ley, (y) según lo requiera o solicite la autoridad reguladora o (z) de conformidad con una orden judicial válida, citación o instrumento legal equivalente: (i) información de identificación personal, (ii) datos detallados de la transacción, (iii) datos de posición, (iv) materiales de investigación o (v) documentos de origen financiero.

13.7 Argus y el licenciatario reconocen y aceptan que la CME es un tercero beneficiario previsto del acuerdo de CME, y que la CME puede hacer cumplir todos los términos en virtud del presente.